Tarjeta de identificación profesional (TIP)
España es uno de los pocos países que posee una regulación específica sobre el trabajo de detective privado (ver normas legales publicadas en el blog), de tal manera que la ley configura a este profesional un ámbito propio de actuación ya que solo esta él está habilitado legalmente para el ejercicio de la investigación privada en nuestro país.
En este sentido, una persona interesada en contratar los servicios de un detective privado debe exigirle la acreditación que le habilita como tal, ya que puede suceder que nos "tropecemos" con falsos investigadores que aparte de una vocación frustrada no nos puedan ofrecer nada más. De esta manera, el ordenamiento jurídico otorga a los ciudadanos un elemento de seguridad ya que solo las pruebas recogidas por un detective habilitado tendrán eficacia judicial.
En esta línea, los tribunales en su trabajo diario vienen reconociendo progresivamente la labor del detective y su poder probatorio. Si es cierto, sin embargo, que un detective privado no ostenta la presunción de veracidad que acompaña a las autoridades públicas (policía, guardia civil, notarios,...), pero su habilitación legal y su correcta actuación sí son suficientes para la recogida de pruebas que evidencien una conducta ilícita.
Por todo ello, una de las primeras cosas que tiene que hacer un aprendiz de detective que ha terminado sus estudios es solicitar la Tarjeta de Identificación Profesional (TIP), ya que como se deduce, es un requisito imprescindible para el ejercicio de su profesión.
He aquí los requisitos que se exigen:
- Instancia del interesado.
- Fotocopia compulsada del D.N.I o, en su caso, de la tarjeta de residencia o de
identidad en vigor, en la que conste la nacionalidad del titular y expresión del
Número de Identidad de Extranjero (NIE).
- Certificado médico de poseer aptitud física y capacidad psíquica necesaria para el
ejercicio del cargo (Acreditación en la forma prevista en la Disposición Transitoria
Segunda de la Orden de 7 de Julio de 1995).
- Certificado de antecedentes penales, expedido por el Registro Central de Penados y
Rebeldes para los españoles y extranjeros residentes en España, y documento
original y equivalente que surta los mismos efectos para los solicitantes extranjeros
no residentes.
- Declaración a que se refiere el artículo 20 de la Ley 23/1992 y los apartados e) y f)
del artículo 53 del Real Decreto 2364/1994.
- Si hubiera sido miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o Militar de
carrera, documento que acredite la situación administrativa en que se encuentra y
cumplir los requisitos del artículo 53 g) y h).
- Fotocopia compulsada del Título de Bachiller o equivalente.
- Fotocopia compulsada del diploma de detective privado reconocido a estos efectos
por los Institutos de Criminología.
- Cuando se trate de personal al servicio de las Administraciones Públicas, que
acredite lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta del Real Decreto
2364/1994.
- Documento acreditativo de estar dado de alta en el I.A.E., para detectives con
despacho abierto, o en su caso alta en Seguridad Social, para detectives asociados dependientes.
- Dos fotografías tamaño carne que cumplan los requisitos que se establecen en el
Anexo 5 de la Orden de 7 de Julio de 1995.
- Justificante acreditativo de haber realizado el ingreso de la tasa por habilitación de
Detective Privado y sus respectivas especialidades, con arreglo al modelo 790, a
favor del Tesoro Público, en las Entidades Bancarias o Cajas de Ahorros
colaboradoras (cuenta restringida de la Agencia Estatal de la Administración
Tributaria).
-El citado modelo 790 será facilitado en las Comisarías de Policía y deberá ser
cumplimentado con los datos correspondientes, señalando como tarifa aplicable la
octava, y el resguardo se entregará con el ejemplar para la Administración.
Una vez que el aprendiz de detective privado tiene su documentación en regla ya está habilitado para empezar a trabajar y podrá mostrar su condición de profesional ante clientes, miembros de los cuerpos de seguridad del Estado que se lo exijan o agencias de investigación que le quieran contratar.