El Supremo avaló en marzo el uso del Sitel en un caso de tráfico de cocaína
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo estudió y avaló el funcionamiento del Sitel (Sistema Integrado de Interceptación de Telecomunicaciones) en una sentencia del pasado marzo que rechazaba un recurso sobre una condena por narcotráfico en cuya investigación se había utilizado el sistema. La Sala Penal aclara que se conoció en detalle el funcionamiento y posibilidades del sistema, la información que aporta, cómo se distribuye la información y analizó los fundamentos jurídicos de la autorización extendida por el juez instructor, que consideró "perfectamente ajustada a Derecho".
La Sala Penal considera la autorización judicial "ajustada a derecho"
Además, se da la circunstancia de que la Guardia Civil de la Comandancia de Cádiz, que inicialmente había solicitado una intervención telefónica normal, advirtió al juez al día siguiente que la intervención "se llevaría a cabo mediante el sistema Sitel".
El instituto armado describió en su comunicación las posibilidades del sistema y solicitó no sólo la observación, grabación y escucha de un teléfono móvil, sino que la autorización se extendiese también al contenido de las carpetas de audio, los mensajes de SMS, las comunicaciones mantenidas vía fax o Internet, y la identificación y localización de los repetidores. Además, pidió al juez que autorizase a conocer los números desde los que se llamaba al teléfono intervenido "aunque sean secretos"; los códigos internacionales de abonado móvil y la identidad de los titulares que llamasen al teléfono pinchado. Es decir, la Guardia Civil no sólo no hizo trampa, sino que advirtió específicamente al juez de instrucción cómo funcionaba el sistema Sitel y de los datos que le interesaban para desbaratar una operación de tráfico de cocaína. El PP, que ha emprendido una campaña por la supuesta ilegalidad del sistema, basa sus críticas en que todas estas posibilidades del Sitel no están reguladas.
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